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jueves, 29 de enero de 2015

DEL CÓDIGO DE ÉTICA DEL PERIODISTA VENEZOLANO



DEL CÓDIGO DE ÉTICA
DEL PERIODISTA VENEZOLANO
Artículo 7. El periodista está en la obligación de defender la nacionalidad, y debe ser instrumento para el desarrollo independiente del país, la educación, la ciencia y la cultura y estar al servicio de la liberación de los pueblos y del hombre.
Artículo 14. El periodista tiene su instrumento fundamental en el idioma, elemento básico en la consolidación de la cultura nacional. El periodista está obligado a usarlo debidamente.

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